Ecuador en sus 40 años
aproximadamente de explotación petrolera, mantiene un historial bastante
nefasto en la degradación de los ecosistemas naturales.
La
capacidad que ha tenido el petróleo para financiar la burocracia y los
programas sociales ha invisibilizado algunos efectos colaterales de la
explotación petrolera respecto al ser humano como el desplazamiento de
los pueblos, la represión militar, la contaminación al agua y suelo, y
su consecuente afectación a la salud de las personas.
A
lo largo de la historia petrolera hemos observado por los medios de
comunicación el detalle de algunos derrames de petróleo ocurridos en
zonas adyacentes a reservas naturales, ríos o cuencas de agua . En estos
últimos días hemos sido testigos de un nuevo impacto ambiental sobre la
naturaleza, como es el caso del derrame de petróleo del oleoducto de
crudos pesados OCP ocurrido el 25 de febrero del 2009 en el sitio Santa
Rosa en la provincia del Napo, a 129 kilómetros de Lago Agrio que afecto
la flora y fauna de la zona de influencia, por el derrame de
aproximadamente 14. 000 barriles de crudo , contaminando algunos ríos,
entre ellos, el río Coca, fuente de abastecimiento de agua de las
comunidades que habitan el sector así como del Cantón Francisco de
Orellana, que por dicho siniestro tuvo que suspender el abastecimiento
de agua a sus habitantes .
Este
hecho de grandes proporciones y consecuencias no tuvo sin embargo el
impacto mediático de tratamiento en los medios de comunicación y la
opinión publica, su análisis estuvo supeditado a la cuantificación
ordinaria de cuanto dinero se perdió por paralizar el flujo de petróleo
por dicha tubería. Como sucede siempre, el tratamiento integral del
problema no fue abordado por los actores estatales y de control
ambiental, se invisibilizaron o minimizaron una vez mas los impactos
sobre la naturaleza y las personas, asistimos a un escenario en la que
se sigue dejando de tratar estos temas desde el punto de vista de los
derechos de las personas, en especial cuando la consecuencia es el
desabastecimiento de agua de un cantón de miles de habitantes, cuyo
derecho al agua garantizado en la Constitución se ve flagrantemente
vulnerado, sin mencionar que el análisis sobre la cuantificación del
activo ambiental o natural no evidencia cifras que puedan ser
posteriormente resarcidas por los responsables de dicha actividad
contaminante.
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